El Gobierno nacional incluyó otras 48 posiciones arancelarias dentro de esos rubros que podrán exportar a un tipo de cambio diferencial de $ 300.
(NAP) La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca publicó este jueves una nueva resolución en la que amplió el alcance del Programa de Incremento Exportador (PIE) que establece un tipo de cambio diferencial temporal de $300 por dólar hasta el 31 de octubre.
La resolución 160/2023 publicada en el Boletín Oficial estableció que las mercaderías que se incorporan son:
-productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas)
-preparaciones alimenticias para animales
-frutas frescas y sus productos derivados;
-carne ovina,
-salvados moyuelos provenientes de la molienda de cereales,
-semillas hortícolas y de otras especies.
La semana pasada, Economía anunció el ingreso de más de una veintena de producciones de economías regionales, siendo los principales complejos incorporados el vitivinícola, olivícola, apícola, pesquero, foresto-industrial, de la lana, legumbres, ajo, té, manicero, tabaquero, limonero, de la ciruela, maíz pisingallo, frutas finas, frutos secos, girasol confitero, mandarinas, naranjas, arroz, arándanos, peras y manzanas, cebolla, kiwi, pomelo, entre otros.
Luego lo hizo también con el sorgo, la cebada forrajera y al girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina.
Los requisitos para todos los productos de las economías regionales que deben cumplir los interesados en acceder a los beneficios del programa son haber exportado las mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.
También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrados en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto.
Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.
oveja cordero
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca publicó una nueva resolución en la que amplió el alcance del Programa de Incremento Exportador (PIE) que beneficia las exportaciones de economías regionales con un tipo de cambio diferencial de $ 300.
Se trata de 48 posiciones arancelarias que pertenecen a los siguientes rubros, según señaló Agricultura en la resolución 160/2023 dada a conocer este jueves en el Boletín Oficial:
Productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas)
Preparaciones alimenticias para animales
Frutas frescas y sus productos derivados
Carne ovina
Salvados y moyuelos proveniente de la molienda de cereales
Semillas hortícolas y de otras especies
TRAYECTORIA CON POLÉMICA
Vale recordar que el denominado “dólar agro” comenzó a regir el 10 de abril pasado y abarca al comercio exterior de productos hasta el 31 de agosto próximo, pero apenas se inició hubo quejas porque no se especificó a qué economías beneficiaba.
De hecho hubo cadenas, como la ovina –que recién ahora fue incluida en el plan–, que advirtieron que el mercado se había paralizado.
Luego, el 17 de abril el Gobierno publicó el primer listado específico de posiciones arancelarias incluidas, estableciendo además importantes restricciones para poder acceder al PIE: garantizar el abastecimiento interno de los últimos 18 meses, no reducir el empleo y participar de Precios Justos.
Inicialmente, la mayoría de las economías regionales habían recibido con agrado el “dólar agro”, pero luego pasaron a la desilusión al ver que no era tan beneficioso como se presagiaba.
Con el paso de los días, Agricultura fue sumando más actividades: el 21 de abril agregaron a productos de una quincena de cadenas, fundamentalmente de frutas; y a principios de esta semana al girasol, la cebada y el sorgo, con límites a sus exportaciones.