Una conquista ciudadana.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación la semana pasada falló a favor de los 2700 amparistas de Nueve de Julio contra ABSA. Sostuvo que el acceso al agua potable es un «derecho humano» universal y que por lo tanto debe ser «tutelado por los jueces».
Esta es la primera vez que el máximo tribunal del país se expide a favor de este derecho humano, uno de los más recientes que fue declarado como tal por las Naciones Unidas en junio de 2010.
A pesar de las permanentes apelaciones, las idas y vueltas y los laxos tiempos judiciales, a partir de ahora los 2700 amparistas deberán recibir en sus hogares bidones de agua potable provistos por la empresa, obligación que ésta había dejado de cumplir desde enero de este año.
Pero más allá de los bidones, el fallo crea un precedente legal indiscutible no solo para la ciudad sino para el país.
EXTRA entrevistó al abogado que atiende la causa de los amparistas (Kersich y otros) y explicó sobre los alcances de este fallo, su significado y cómo seguirá la causa de aquí en más:
¿Qué opina sobre el fallo de la Corte Suprema?
Era un fallo realmente esperado, pero no de la envergadura de lo que determino la corte, porque el dictamen previo de la Procuración General de la Nación era no habilitar la vía extraordinaria de la corte nacional, recordemos que el caso llegaba por el tema de la incorporación de los 2600 amparistas al proceso judicial, es decir una cuestión estrictamente procesal, no de fondo, desde una perspectiva formalista la vía estaba cerrada, pero la Corte adopto un criterio dinámico y dada la relevancia del caso y la oportunidad en que se da el tratamiento del caso reconoció el derecho al acceso al agua potable que la considero brillante y esperanzadora. El caso Kersich por todas sus implicancias se merecía el fallo de la Corte.
¿Cubrió sus expectativas?
Las superó, primero por la forma que resuelve, si bien el fallo hace lugar a la apelación de ABSA, el fondo fue en contra de ABSA. La Corte no deja desprotegido a los 2600 amparistas, les da una tutela anticipatoria al mantener la cautelar, a su vez define y reconoce el derecho al agua potable en una instancia que no es la de fondo, y da conceptos de cómo deben proceder los jueces ante la problemática del agua y en cuestiones ambientales, que fijan jurisprudencia y convierten al caso Kersich como un “leadign case”. Tengamos en cuenta que en el nuevo código civil, en el proyecto inicial se contemplaba en el artículo 241 el derecho al agua potable como derecho humano y luego al momento de la sanción quedo afuera. A la par la Corte estaba trabajando Kersich.
Y ahora…¿Cómo continúa la causa?
La Corte ordeno al juez que dicte una sentencia que comprenda a todos los vecinos de 9 de Julio por entender que se trata de un proceso colectivo y no de acumulación de pretensiones individuales y tiene que resolver en consecuencia, restan las pruebas periciales y pasaría a sentencia definitiva.
¿Los vecinos recibirán ahora los bidones?
Corresponde, sabemos que ABSA no está cumpliendo siquiera con los 25 amparistas iniciales, ni en las escuelas y sanatorios. Pero la Corte Suprema al mantener la cautelar da una señal muy clara de respaldo, asi que nuestra postura es que se cumpla en relación a todos los vecinos. Hay una línea de trabajo que vamos a llevar a cabo pero por una cuestión de estrategia procesal no la vamos a develar todavía.
¿La situación de Ciudad Nueva quedaría alcanzada por el fallo?
En principio no, pero los propios vecinos podrían pedir que se extendiera, la corte fue muy clara, los jueces deben garantizar el acceso al agua potable.
El tema de la multa…¿Cómo quedó?
Depende de lo que determine el juez, y ahí se analizaran los pasos a seguir, desde mi posición el incumplimiento de ABSA es merecedor de una multa, no solo por los bidones sino por no publicar los análisis de agua.
¿El fallo de la Corte se puede aplicar en otros casos?
Sí se puede replicar, es un fallo que como lo definió Osvaldo Bayer muy importante para el futuro de la ecología.