Entre el 18 de julio y el 13 de agosto, organizado por la Asociación Argentina de Alergia e Inmunología Clínica (AAAeIC), se conmemora en Argentina el Mes de la Alergia a la Proteína de la Leche de vaca (APLV). Ésta es la alergia alimentaria más frecuente durante la infancia: la presentan más de 15 mil recién nacidos cada año en nuestro país y los especialistas reconocen que su prevalencia va en aumento; diversas investigaciones refieren una incidencia de entre el 2% y el 3% de los niños y niñas durante el primer año de vida.
La APLV se origina por una respuesta inmunológica exagerada del bebé ante la ingesta de una o más proteínas de la leche de vaca, las cuales atraviesan la leche materna y pueden sensibilizar a niños y niñas con predisposición a las alergias.
El cuadro habitualmente se puede presentar en dos formas: aquellos pacientes con síntomas digestivos como vómitos, cólicos, diarrea, moco y sangre en materia fecal, de aparición tardía, y otros que manifiestan síntomas en forma inmediata a la ingesta, que pueden ser desde erupciones cutáneas, ronchas, hinchazón de labios y párpados, o alergia oral, que afecta a labios, lengua y garganta, hasta la expresión más severa que es la anafilaxia, una reacción alérgica que puede llegar a obstruir las vías respiratorias pudiendo poner en riesgo la vida.
“Por lo general, la APLV se desarrolla durante el primer año de vida y suele pasar tiempo entre los primeros síntomas, la alerta de sus cuidadores y, finalmente, el diagnóstico y tratamiento. Durante este período, se afecta la calidad de vida tanto de los niños y niñas como de su entorno familiar e inclusive, en algunos casos, puede producirse una mala progresión de peso en el infante con consecuencias para su desarrollo futuro”, destacó Karina López, médica pediatra, especialista en Alergia e Inmunología Infantil, Directora del Comité Científico de Alergias Alimentarias y Anafilaxia de la AAAeIC.
“La condición suele ser transitoria y la mayoría de niñas y niños la resuelve entre los 2 y 3 años de edad, aproximadamente. Sin embargo, existe un pequeño porcentaje que continúa con la alergia durante la vida adulta”, agregó la especialista.
“El abordaje de la APLV requiere del trabajo en conjunto de la familia, del pediatra de cabecera, del equipo médico y de la comunidad, ya que se debe evitar que el niño o niña ingiera cualquier alimento que contenga la proteína de la leche de vaca -lo que se vuelve más difícil cuando empieza a ir a la escuela o a visitar casas ajenas- y también quien amamante debe modificar su dieta”, describió Jorge Martínez, médico pediatra, especialista en Alergia e Inmunología, Director del Comité Científico de Pediatría de la Asociación Argentina de Alergia e Inmunología Clínica (AAAeIC).
A este primer paso en la terapia se lo denomina dieta de exclusión: la mamá que amamanta debe dejar de consumir cualquier producto lácteo o que contenga la proteína de la leche de vaca, como pan, purés, manteca, crema, flanes y demás postres lácteos, dulce de leche, salchichas, embutidos, galletitas dulces, tortas y tartas, entre muchos otros alimentos. Asimismo, el niño o niña también debe seguir esta dieta desde que comienza a recibir alimentación complementaria.
“Para aquellos casos en que la dieta de exclusión no es posible, o en los que no se puede continuar con la lactancia materna, existen fórmulas medicamentosas especialmente diseñadas para el tratamiento de la APLV que deben ser prescriptas por un médico especialista”, afirmaron Karina López y Jorge Martínez. “Lo importante es que la cobertura de estas fórmulas medicamentosas prescriptas por un médico especialista se encuentra garantizada al 100% por la ley nacional n° 27.305”, completó Sandra Del Hoyo, presidenta y fundadora de RedInmunos, una asociación civil sin fines de lucro formada por padres y madres de niños y niñas con alergias a alimentos.
Leches medicamentosas
La ley nacional n° 27.305 de obligatoriedad de leches medicamentosas, promulgada a fines de 2016, establece que las obras sociales y prepagas y, en el caso de que la familia no cuente con seguridad social, el Estado, deben cubrir al 100% el consumo de leches de fórmula medicamentosas: “…todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de leche medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV), así como también de aquellos que padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas, las que quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO)”. (DIB)