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sábado, 23 noviembre, 2024

El fin de la cédula azul para conducir autos que no son propios

Conoce qué necesitás para circular.

A mediados del mes de mayo, a través de la Disposición 29/2024, el gobierno oficializó la derogación de la cédula azul para que un tercero conduzca un vehículo del cual no es titular y eliminó el vencimiento en la cédula verde. Después de algunos meses de aplicación de la nueva norma, aún hay algunas dudas. ¿Qué documentación es necesaria para conducir? ¿Qué se debe tramitar a partir de ahora para autorizar a un tercero a manejar? ¿Qué sucede con la persona que tiene una cédula azul? ¿Qué pasa con la cédula verde? 

MODIFICACIONES 

Según se explica en la resolución de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), ahora solo es necesario presentar la cédula verde para conducir un auto. La cédula verde original se emitirá en diversos trámites como la inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros. Esta cédula se expedirá en formato físico (disponible para su retiro en el legajo de dominio) y digital (accesible a través del “Perfil Digital del Ciudadano” en la aplicación Mi Argentina).

Como explica la resolución es el titular registral quien podrá solicitar que su propia cédula verde sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados. De esa forma dará la autorización para conducir a un tercero.

Los pasos para dar esta autorización son los siguientes:

  1. Ingresar al Sistema Integral de Trámites Electrónicos.
  2. Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.
  3. Seleccionar un dominio sobre el cual es titular.
  4. Identificar al tercero mediante: nombre, apellido, CUIT, CUIL o CDI.

Una vez completados estos pasos, el tercero autorizado verá en su aplicación Mi Argentina, apartado “Mis vehículos” la cédula verde del vehículo en cuestión. En caso de querer desautorizar a alguien, el titular del vehículo deberá realizar el mismo procedimiento.

QUÉ SUCEDE CON LA DOCUMENTACIÓN PREVIA

La resolución también aclara que las cédulas azules emitidas anteriormente seguirán siendo válidas hasta que sean revocadas por el solicitanteLo mismo sucede con las cédulas verdes que hasta antes de la nueva reglamentación tenían vencimiento: continúan siendo válidas. Recordamos que la documentación necesaria para conducir es la siguiente:

-Documento Nacional de Identidad (DNI).

-Licencia Nacional de Conducir.

-Cédula verde.

-Comprobante de seguro vigente.

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).

Fuente: boletinoficial.gob.ar / https://www.dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/

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