Por decreto, la Vicegobernadora estableció que a partir de hoy y hasta el 31 de marzo del corriente, los agentes y funcionarios del Senado bonaerense, quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas, en los siguientes casos:
1. Quienes hayan cumplido sesenta o más años de edad a la fecha de la presente, o que los cumplan durante su vigencia.
2. Mujeres Embarazadas.
3. Personas con depresión inmunológica de cualquier origen.
4. Personas que padezcan diabetes.
5. Personas con insuficiencia renal.
6. Personas con hipertensión acompañada de patologías cardiológicas.
7. Personas trasplantadas.
8. Personas con patologías oncológicas.
9. Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.
En tal sentido, quienes opten por la dispensa mencionada, deberán hacerlo saber a la Dirección de Personal, a quienes se recomienda la verificación de las circunstancias denunciadas por el personal, pudiendo requerir constancias y/o evaluaciones que estime pertinentes para dicho cometido.
Asimismo, la Vicegobernadora decreta la adhesión a la resolución del Poder Ejecutivo Provincial N° 132/20, que declara el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, por el término de 180 días.
La disposición en cuestión suspende por 15 días contados a partir del dictado del decreto, la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y, en forma consecuente, las habilitaciones otorgadas por los organismos provinciales para la realización de eventos de participación masiva, cualquiera sea su naturaleza.
Y se faculta a las y los ministras/os, secretarias/os, al Secretario General, a los titulares de los Organismos de la Constitución, el Asesor General de Gobierno, y a las y los titulares de los organismos descentralizados de la Administración Pública Provincial, a establecer modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales y, en caso de corresponder, al cierre de las dependencias del Sector Público Provincial. Asimismo, se podrá disponer el cierre de museos, centros culturales y demás espacios artísticos y recreativos de carácter provincial.
El decreto 132 también invita a los poderes legislativo y judicial, y a los municipios de la Provincia, a adherir a los términos del decreto o adoptar medidas de idéntico tenor.
Estas disposiciones se efectúan en el marco de la alerta por el avance de la pandemia de Coronavirus (COVID-19) y el Senado considera conveniente adoptar medidas pro activas para la adecuada prevención y cuidado de la salud.
Considerando que su rápida propagación supone un riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata para contener y coadyuvar tomando todas las medidas de prevención, asistencia y rehabilitación en sus diferentes manifestaciones, el Senado adhiere al Decreto N° 127/2020 del Poder Ejecutivo provincial.
Asimismo, mediante un proyecto de declaración que lleva las firmas de los presidentes de bloque del Frente de Todos, Gervasio Bozzano y de Juntos por el Cambio, Roberto Costa, la Cámara Alta declara su beneplácito por la labor coordinada de los gobiernos de La Nación; las provincias de Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, La Pampa, Ciudad de Buenos Aires, Río Negro y de la provincia de Buenos Aires; al establecer acciones consensuadas para hacer frente a la pandemia del COVID-19.
Dentro del marco expuesto, el Senado hizo extensivo el beneplácito al decreto 132 emitido por el gobierno de la Provincia el 12 de marzo del 2020, donde declara la Emergencia Sanitaria en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Entendiendo que la aplicación efectiva de las recomendaciones y medidas allí expuestas devienen impostergables para hacer frente a la situación sanitaria actual, ya que la rápida propagación del COVID-19 supone un riesgo para la salud pública y exige una rápida respuesta para contener la enfermedad e interrumpir su propagación y contagio.