Motivados por el entramado de corrupción que salió a la luz por la investigación periodística encabezada por el Sr. Diego Cabot en base a cuadernos en los que el Sr. Oscar Centeno –chofer de Roberto Baratta, quien fuera Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de Planificación del Ministerio de Infraestructura a cargo del entonces Ministro Julio de Vido, durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner– registró durante al menos 10 años el mecanismo de traslado de millonarias sumas de dinero provenientes de operaciones ilícitas, con detalles de los lugares, días, horas y personas que participaron, presentamos en el HCD de 9 de Julio dos proyectos: uno con el fin de expresar el más enérgico repudio y preocupación ante los innumerables escándalos de corrupción cometidos durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner. Y tambien expresar nuestro apoyo y adhesión al proyecto presentado por el senador Eduardo Costa en la Cámara de Senadores de la Nación solicitando el desafuero de la senadora Cristina Fernandez de Kirchner.-
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
La Constitución de la Nación Argentina en sus artículos 16, 68, 69 y 70. Y
CONSIDERANDO:
Que los fueros de los legisladores son la única excepción al artículo 16º de la C.N. Que establece la no admisión de prerrogativas de sangre, nacimiento, ni fueros personales.-
Que la excepción enmarcada en los artículos 68 y 69, encuadra la inmunidad al arresto de los legisladores en virtud del alto cargo que ostentan.-
Que dicha inmunidad tiene como principal objetivo que los legisladores no sean molestados por sus expresiones y dichos en las cámaras respectivas.-
Que en ningún modo tal inmunidad puede transformarse en impunidad, ni las cámaras deben ser refugio de quienes han violentado las leyes penales.-
Que el artículo 70 establece el procedimiento para suspender el beneficio de los fueros, donde cada cámara podrá avanzar con dos tercios de los votos.-
Que la justicia ha solicitado el desafuero de la ex presidente Cristina Fernandez de Kirchner ante la causa de los cuadernos de la corrupción.-
Que el proyecto se encuentra en el Senado de la Nación, y es el segundo que se presenta por diferentes causas.-
POR ELLO, el HCD del Partido de 9 de Julio en el uso de sus facultades y atribuciones sanciona el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- EL HCD de Nueve de Julio expresa su apoyo y adhesión al proyecto presentado por el senador Eduardo Costa en la Cámara de Senadores de la Nación. Solicitando el desafuero de la senadora Cristina Fernandez de Kirchner.-
Artículo 2º.- Envíese copia de la presente resolución a la Cámara de Senadores de la Nación y a los medios de comunicación.-
Articulo 3º.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.-
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De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted a los efectos de remitirle el siguiente:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La investigación periodística que salió a la luz recientemente, encabezada por el Sr. Diego Cabot en base a cuadernos en los que el Sr. Oscar Centeno –chofer de Roberto Baratta, quien fuera Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de Planificación del Ministerio de Infraestructura a cargo del entonces Ministro Julio de Vido, durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner– registró durante al menos 10 años el mecanismo de traslado de millonarias sumas de dinero provenientes de operaciones ilícitas, con detalles lugares, días, horas y personas que participaron.
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años estallaron en nuestro país innumerables escándalos de corrupción cometidos durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.
Que muchos de los políticos, funcionarios y empresarios involucrados intentaron desvirtuar el curso de las investigaciones y distorsionar la opinión pública aduciendo maliciosamente ser víctimas de operaciones políticas; otros, a pesar de haber formado parte de la gestión kirchnerista –algunos, ocupando cargos claves en esos gobiernos–, buscan desvincularse invocando desconocimiento sobre tales hechos y reputándolos como meros casos aislados de corrupción.
Que recientemente salió a la luz una importante investigación periodística encabezada por el Sr. Diego Cabot –reconocido columnista del Diario La Nación– en base a cuadernos en los que el Sr. Oscar Centeno –chofer de Roberto Baratta, quien fuera Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de Planificación del Ministerio de Infraestructura a cargo del entonces Ministro Julio de Vido, durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner– registró durante al menos 10 años el mecanismo de traslado de millonarias sumas de dinero provenientes de operaciones ilícitas, con detalles lugares, días, horas y personas que participaron.
Que tal investigación periodística confirma la existencia de un lamentable mecanismo de corrupción estructural que funcionó durante el kirchnerismo.
Que la sociedad reclama celeridad en la adopción de medidas conducentes al pronto esclarecimiento de los hechos y sanción de los responsables, pues en definitiva cuando se sustraen ilegítimamente los recursos públicos, se perjudica a todo el conjunto social.
Que como representantes políticos de nuestra comunidad tenemos el deber de hacer oír ese reclamo social y adoptar una postura institucional en torno a sucesos de estas características.
Que más allá de que la investigación, posterior juicio y reproche penal esté en manos de la Justicia, entendemos que un entramado corrupto de semejante gravedad y dimensiones no puede pasar desapercibido para el resto de los poderes públicos de todas las jurisdicciones y de todos los niveles de gobierno.
Que más allá del descrédito personal que acarrea a cada uno de los involucrados, estos hechos de corrupción también desprestigian a la política en general, por lo que todas las Instituciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, están llamadas a tomar una posición respecto a hechos de esta magnitud y darla a conocer.
Que en este orden de ideas consideramos que una declaración de este Honorable Cuerpo Legislativo es un imperativo ético e institucional que se impone, pues los derechos involucrados son la piedra de toque de cualquier sistema republicano como el nuestro.
Que acertadamente se ha dicho que parece “una verdad universal que la corrupción ha sido y será eterna, como debe también ser nuestra vigilancia. Esos caminos convergen en cada vez más acuerdos internacionales, superiores al derecho interno. Uno de ellos es la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada en 1996 por la ley 24.759, que vincula esos delitos a la asociación ilícita o criminalidad organizada y al lavado de dinero (…). Nos cuesta a todos reconocer que la comunidad de las naciones civilizadas exige cada vez mayor eficacia en la previsión y punición de estas actividades. Tenemos que adaptarnos a las exigencias internacionales mínimas contra estos crímenes. (GORDILLO, Agustín, “La corrupción como delito de lesa humanidad”, IJ-CCCXLIV-670).
Que, en suma, este Honorable Concejo Deliberante no pueda mantenerse ajeno a la situación descripta, por lo que resulta impostergable avanzar en una manifestación institucional clara y a la vez respetuosa tanto del mandato popular como de la división de poderes y demás principios, derechos y garantías que establece nuestra Constitución Nacional.
POR ELLO, el HCD del Partido de 9 de Julio en el uso de sus facultades y atribuciones sanciona el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Expresar el más enérgico repudio y preocupación por el entramado de corrupción que salió a la luz por la investigación periodística encabezada por el Sr. Diego Cabot en base a cuadernos en los que el Sr. Oscar Centeno –chofer de Roberto Baratta, quien fuera Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión de Planificación del Ministerio de Infraestructura a cargo del entonces Ministro Julio de Vido, durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner– registró durante al menos 10 años el mecanismo de traslado de millonarias sumas de dinero provenientes de operaciones ilícitas, con detalles de los lugares, días, horas y personas que participaron.-
Artículo 2º.- De forma.-