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lunes, 25 noviembre, 2024

¿Se puede reducir la cuota alimentaria?

(Por Nicolás Gabriel Suarez Monío – Abogado)

En primer lugar, aclararemos en que consiste la obligación de alimentos. Es importante decir que la ley define a los alimentos como un derecho y una obligación de los progenitores, junto con la educación, esto sin importar si el menor convive o no con ellos. Aquí podríamos agregar que dicha obligación corresponde desde el embarazo y se extiende, en principio hasta los 21 años de edad. Sobre esto último vale aclarar que puede extenderse más si el menor persigue un estudio o carrera, entre otras situaciones.

En cuanto a su contenido, comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos (educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad, entre otras). En este punto es importante saber que el alimento puede consistir en dinero (que es lo más común), o en especie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado.

El monto de la misma puede ser fijado por acuerdo de los progenitores o por sentencia judicial. En cualquiera de los casos, el alimentante puede pedir la modificación o cese de la misma, basado en una modificación en la realidad familiar (por ejemplo, que los alimentados vivan con el).

Lo dicho se traduce en que el régimen alimentario nunca es definitivo y puede, a lo largo del tiempo variar. El Código Civil y Comercial promueve procesos de familia más flexibles y le da al juez una mayor intervención proactiva permitiéndole amplias facultades decisorias, siempre teniendo como fin priorizar y proteger el interés superior del niño.

Es decir que, teniendo en cuenta las características del caso, el principio de solidaridad, la dinámica familiar, las necesidades del alimentado, el caudal económico del alimentante y el ya nombrado interés superior del niño, el juez puede decidir a pedido de la parte cesar, disminuir o mantener el monto de una cuota alimentaria.

Vale aclarar que, basado en lo descripto en el párrafo anterior, el foco siempre estará puesto en los niños y no en los progenitores, con lo que puede pasar que se decida mantener una cuota para que los niños tengan el mismo nivel de vida en ambos hogares, aunque las circunstancias fácticas del caso hayan cambiado o los hijos pasen más tiempo con el alimentante.

Es por ello que en derecho de familia cada caso es particular, y a la hora de resolver tu problema es necesario asesorarte.

 

 

 

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