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lunes, 25 noviembre, 2024

Indemnización por muerte de trabajador

(Por Nicolás Gabriel Suarez Monío – Abogado)

Ya sea en razón de un accidente o por diversas cuestiones de salud, son muchos los casos en los cuales una persona fallece encontrándose en una relación laboral registrada. Ante ello, suele ocurrir que tanto sus familiares como su empleador tienen que enfrentar la tarea de realizar el proceso legal correspondiente a su desvinculación.

En primer lugar, y haciendo referencia al párrafo anterior, vale hacer la aclaración que cuando hablamos de accidente no nos referimos a uno del tipo laboral, ya que, si ese fuera el caso, existe un trato legal especifico y participación de las ARTs. y ese no es el tema de la nota de hoy.

Hecha la aclaración y volviendo al punto de esta nota, la legislación vigente en nuestro país se encarga de establecer una indemnización específica para esta situación. El artículo 248 de la LCT establece que los derechohabientes del trabajador fallecido tendrán derecho, mediante la sola acreditación del vínculo, en el orden y prelación establecido, a percibir una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de esta ley (el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente a la mitad de la prevista en el artículo 245 de esta ley).

A su vez, el articulo nos aclara que esta indemnización es independiente de la que se reconozca a los causa-habientes del trabajador por la ley de accidentes de trabajo, según el caso, y de cualquier otro beneficio que, por las leyes, convenciones colectivas de trabajo, seguros, actos o contratos de previsión, le fuesen concedidos a los mismos en razón del fallecimiento del trabajador (aquí volvemos a hacer referencia a la aclaración del segundo párrafo).

En definitiva, la LCT fija el monto de indemnización que corresponde en los casos en los que el trabajador fallece en circunstancias ajenas al trabajo y el orden de derechohabientes que pueden iniciar dicho reclamo.

Como en todas las columnas recalcamos que es importante tener en cuenta que estas son generalidades conceptuales, pero siempre hay que evaluar el caso particular, ya que, en caso de necesitar reclamar la indemnización, cada reclamo tiene su manera de proceder con sus características específicas. Es por ello que lo más importante aquí es en primera instancia siempre asesorarse para que un profesional te informe y en su caso poder transitar diligentemente el proceso correspondiente haciendo valer tus derechos.

 

 

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