(Por Daniela Guaraga / Abogada)
El Juzgado Civil y Comercial 14 de Rosario, a cargo de Marcelo Quaglia, ordenó a un hombre a pagarle una indemnización a su ex mujer de 32 años en reconocimiento de las tareas del hogar que ella realizaba y le permitieron a él incrementar su patrimonio.
La sentencia destacó que la mujer cooperó en el crecimiento del patrimonio de su pareja “a través de la prestación de aportes económicos indirectos a partir de las tareas que desarrollaba en el hogar” y gracias a ese trabajo en la casa, el hombre pudo cambiar su automóvil por uno más nuevo y mejorar la vivienda que había adquirido para ambos, bienes que están registrados a su nombre.
«No cabe duda alguna de que la joven realizó aportes concretos y directos en las tareas de reparación, acondicionamiento y mejora del inmueble, y que también colaboró a través de la prestación de aportes económicos indirectos a partir de las tareas que desarrollaba en el hogar y el trabajo en el negocio de su padre, independientemente de que le fuera remunerado», expresó el magistrado.
En ese sentido, Quaglia agregó que «las tareas vinculadas a los denominados ‘quehaceres del hogar’, tienen un valor económico, que debe ser reconocido de manera efectiva y palpable y corresponde reconocer jurídicamente el esfuerzo que la actora puso tanto en construir la casa que sería el hogar que integraba el proyecto de vida en común de la pareja, como los ingresos que dieron alivio al demandado para adquirir, por ejemplo, su rodado”.
El hogar organizado le permitía a este hombre trabajar con tranquilidad y aumentar su patrimonio, ya que legaba a su casa después de una jornada de trabajo y encontraba la casa limpia y las compras hechas, todo lo que contribuía a su bienestar, remarcó el juzgado.
Finalmente, el jurista rosarino señaló la necesidad de analizar este caso con perspectiva de género «como una herramienta esencial para eliminar desigualdades a partir de condiciones sociales, culturales, políticas, económicas y jurídicas, históricamente creadas a partir del sexo biológico”.
La condena incluye el 25% del valor de mercado de una casa y de un auto adquirido cuando estaban juntos, entre 2010 y 2017.
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