Monotributista y autónomo (responsable inscripto) son regímenes diferentes para trabajadores independientes, el primero es un régimen simplificado y el segundo es parte del régimen general. El monotributo es un régimen simplificado para pequeños contribuyentes que se crea en el año 1998 y es administrado por AFIP.
El monotributo posee una cuota fija mensual de acuerdo a la Categoría en la que se encuentra regristrado , en cambio el responsable Inscripto pagará mensualmente el IVA.
- El monotributo implica una carga impositiva más económica que el IVA.
- El monotributista NO necesita realizar una declaración jurada de su facturación a la hora de pagar el impuesto.
- el Responsable Inscripto está obligado a generar, de forma mensual, la declaración jurada de IVA, a partir de la cual surge el monto a pagar. La falta de presentación del IVA genera multas automáticas.
- El Responsable Inscripto no se ajusta a ningún tope de ingresos, estar dentro del régimen de monotributo implica un límite tanto en la facturación como en los gastos que el contribuyente puede realizar. Estos topes son diferentes en cada una de las categorías existentes.
- Los monotributistas deben realizar de forma semestral, en la página web de AFIP, una recategorización en caso de excederse de los límites de facturación establecidos en su categoría.
El pago del Monotributo unifica en su componente impositivo a IVA y Ganancias, aportes jubilatorios y obra social. Quien es responsable inscripto debe inscribirse en IVA y Ganancias por separado y el pago de Autónomos reemplaza al componente previsional.
ACTUALMENTE SE ENCUENTRA SUSPENDIDO EL PAGO ANTICIPADO DE INGRESOS BRUTOS A MONOTRIBUTISTAS .
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