El diputado Guillermo Castello y precandidato a Gobernador por el Frente Despertar, presentó un proyecto que busca ponerle fin a las tasas de sellos en los resúmenes de tarjetas de créditos. Según el representante de José Espert en PBA, estos gravámenes «impiden inversiones, atentan contra el consumo y la creación de empleo».
En esa línea, Castello aseguró que “estamos convencidos que con la actual presión tributaria es imposible la reactivación y la llegada de inversiones, seguimos con nuestra cruzada para bajar impuestos en PBA: presentamos proyecto para eliminar el impuesto de sellos a los resúmenes de tarjetas de créditos”.
Asimismo, sostuvo que “el tributo establecido en el actual artículo 252 del Código Fiscal, no cumple con los parámetros y requisitos que el artículo 9 de la ley de coparticipación federal establece”.
En tanto, explicó que “no resiste el menor análisis, razonable y objetivo, como para considerar que el sólo resumen de cuenta de la tarjeta de crédito -por si misma- pueda considerarse como “instrumento” en los términos referenciados de la Ley de Coparticipación Federal ya que no es un título jurídico que se autoabastezca, y por el cual pueda ser exigido el cumplimiento de las obligaciones sin necesidad de otro documento”.
Y agregó: “El resumen de cuentas no es título jurídico suficiente o dicho de otra forma no es sostén de una obligación o acto jurídico, suficiente para exigir el cumplimiento de las obligaciones sin necesidad de otro documento, por lo tanto, es claro que el resumen no es por sí mismo título jurídico por el cual pueda ser exigido el cumplimiento de las obligaciones sin necesidad de otro documento”.
Para finalizar, el diputado provincial Guillermo Castello afirmó: “no existe forma alguna que el solo resúmen de cuenta de la tarjeta de crédito por si misma cumpla los requisitos establecidos en la ley de coparticipación federal para considerarlo como “instrumento” en los términos del Art. 9 de la Ley de Coparticipación Federal. Ello así, los resúmenes o liquidaciones de tarjetas de crédito no cumplen con los requisitos que la provincia de Buenos Aires asumió al adherir al régimen de la Ley 23.548, por lo que, es evidente que el artículo 252 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (texto actual) es violatorio de la Ley de coparticipación federal.
Para finalizar, y atento a los argumentos de inconstitucionalidad e inconveniencia económica que implica mantener un gravamen distorsivo e ilegal, es que proponemos la eliminación del citado gravamen”.